Legislación
OBLIGACIÓN LEGAL DE SOCORRER
REFERENCIAS NORMATIVAS:
- Art.195 Código Penal
- Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales• Art.51 Ley de Tráfico y Seguridad Vial
- Art.129 Reglamento General de Conductores
- Constitución Española 1978
- Resolución de 16 de marzo de 2015, de la Dirección General de Ordenación Académica, la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud y la Dirección General de Salud Pública, del Gobierno de Aragón, por la que se dictan instrucciones relativas a la organización y el funcionamiento de la atención sanitaria no titulada en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Orden de 16 de junio de 2014.
- RD 126/2014.
- Orden de 21 de diciembre de 2015.
- Resolución de 12 de abril de 2016.
Objetivo Nº 5: "Adquirir conocimientos, capacidades, actitudes y hábitos que les permitan incidir de forma positiva sobre la salud e iniciar adecuadamente la gestión de la vida activa".
Bloque nº 6: "Gestión de la vida activa y valores".
Criterio de Evaluación 6.2: "Reconocer y argumentar los efectos que sobre la salud y el bienestar ejercen el ejercicio físico, la higiene, la alimentación, los hábitos posturales y las medidas de seguridad, manifestando una actitud responsable hacia uno mismo".
Estándar EF. 6.2.5.: "Explica y reconoce las lesiones y enfermedades deportivas más comunes en las prácticas que realizan, así como las acciones preventivas y los primeros auxilios a realizar en caso de accidente".